domingo, 21 de septiembre de 2008

Cultivos en El Playazo de Rodalquilar

Escrito presentado en la CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA-DELEGACION PROVINCIAL DE ALMERIA en Almería, el 21 de Septiembre de 2008

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA
DELEGACION PROVINCIAL DE ALMERIA
Anna Maria Elisabeth Frohn, provista de N.I.E XXXXXX, con domicilio a efectos de notificaciones en Apartado de Correos 667, Almería, en representación, como Presidenta, de la ASOCIACION CONSERVACIONISTA Y CULTURAL AMIGOS DEL PARQUE NATURAL CABO DE GATA-NIJAR, ante esa Delegación comparezco y

EXPONGO:
PRIMERO.- En la zona del Playazo de Rodalquilar, en terrenos clasificados con grado de protección * (completar) en el vigente Plan de Ordenación de Recursos Naturales del Parque Natural Cabo de Gata-Níjar, se están ejecutando movimientos de tierra, implantación de sistemas de regadío y demás actuaciones que apuntan hacia un cambio de uso, a agrícola de regadío, de los terrenos afectados por las mismas.
Se adjunta mapa de la zona afectada, obtenido de la planimetría del PORN, así como fotos de las obras en cuestión, acreditativas de la ejecución de los trabajos de alteración y transformación del terreno a que nos referimos.
Según el PORN, es necesaria previa autorización de la administración a la que tengo el honor de dirigirme para cualquier transformación agrícola dentro del parque natural. Por ello, entendemos que se ha instado por los interesados el oportuno expediente y que ya ha recaído resolución favorable y, por tanto, autorización, al cambio de uso de los terrenos afectados por las obras a que hacemos referencia en este escrito.
De no ser así, procedería la inmediata paralización de dichos trabajos y apertura del correspondiente expediente sancionador.
El PORN se manifiesta en los términos siguientes:
“5.3.2. ACTIVIDADES AGRÍCOLAS
1. Las actividades y aprovechamientos agrícolas se desarrollarán de acuerdo con la
Normativa vigente y las disposiciones establecidas en el presente Plan y en el Plan
Rector de Uso y Gestión.
2. Requerirá autorización de la Consejería competente en materia de medio
Ambiente:
Cualquier tipo de transformación agrícola que implique alteraciones de relieve,
Modificación de las infraestructuras existentes, sustitución de cultivos
Herbáceos a leñosos (o viceversa), o cambio de tierras de secano a regadío.
b) El desarraigo de cultivos o pies arbóreos.
c) Las prácticas de desinfección del suelo, que se realizarán exclusivamente
Mediante métodos físicos y biológicos
5.4.3.1. ZONAS DE CULTIVOS AGRÍCOLAS. (C1)
1. De acuerdo con los objetivos y propuesta de ordenación, y en los términos
Establecidos en la normativa general, se consideran compatibles los siguientes
Usos y actividades:
a) Los aprovechamientos agrícolas y la transformación de áreas de secano a
Regadío en los términos que establece el PRUG.
b) La implantación de nuevos cultivos y aprovechamientos arbóreos, arbustivos,
Aromáticas y piscícolas.
c) Las actuaciones forestales así como los usos y actividades necesarias para la
recuperación de la cubierta edafovegetal.
d) Las actividades ganaderas de carácter semiextensivo.
e) La actividad cinegética.
f) Las actividades e instalaciones de uso público y educación ambiental.
g) Los campamentos de turismo.
h) La investigación científica.
i) Las obras de infraestructura necesarias para el normal desarrollo de las
actividades primarias y las previstas en el Programa de Uso Público.
j) La rehabilitación de construcciones existentes”.


SEGUNDO.- Extraña la realización de dichos trabajos en cuanto en el propio PORN se reconoce la escasez de recursos hídricos en el parque natural y en una RESOLUCIÓN DEL DIRECTOR GENERAL DE LA CUENCA MEDITERRÁNEA ANDALUZA DE FECHA 30 DE ABRIL DE 2008, POR LA QUE SE ACUERDA LA AMPLIACIÓN DEL PLAZO PARA LA APROBACIÓN DEL PLAN DE ORDENACIÓN DE LOS ACUÍFEROS SOBREEXPLOTADOS DE LA ZONA DE NÍJAR (ALMERÍA), publicada en el BOP de Almería el día 13 de mayo de 2008, donde se establece la moratoria de dos años en la elaboración del plan de recursos hídricos y se reconoce la sobreexplotación de los recursos hídricos.
Por ello, toda la transformación de tierras de secano a regadío, debe tener unas previsiones de suministro de agua adecuadas.

Por lo expuesto,
SOLICITO que teniendo por presentado este escrito, lo admita, tenga por hechas sus manifestaciones a los efectos legales oportunos y acuerde de conformidad con lo instado, procediendo a darnos vista del/los expediente/s en cuestión, así como se nos facilite copia fehaciente de la documentación obrante en el/los mismo/s; en el caso de no contar con la preceptiva autorización, se interesa que actúe sus potestades sancionadoras y de reposición de la legalidad; todo ello con cuanto más proceda.

Almería, a 21 de septiembre de 2008
Fdo. Anna Maria Elisabeth Frohn